Planeta Verde

Sunday, March 26, 2017

Juta de Calidad Ambiental multa a empresa por violaciones a estatutos ambientales


La Junta de Calidad Ambiental (JCA) expidió el viernes 23 de marzo tres multas administrativas ascendentes a 6 mil dólares a la compañía Guaynabo Destape Inc. por incumplimiento a reglamentos ambientales de la agencia, luego que la empresa de recolecta y transporte de desperdicios sólidos no peligrosos vaciara de forma inadecuada las aguas usadas de la Escuela Francisco Petri Mariani, ubicada en el barrio Guillarte de Adjuntas. 


Los hechos ocurrieron el martes, 21 de marzo cuando la mencionada empresa, cuyo propietario es Ramón Villegas, realizaba trabajos en el plantel escolar. Según se desprende de la investigación realizada por personal técnico de la JCA, empleados de la compañía dejaron el camión tanque en la entrada del barrio Guillarte, pues las carreteras del sector y el tamaño del vehículo impedían la entrada del equipo hasta la escuela. Luego de dos viajes, en donde un camión más pequeño extraía las aguas usadas, los empleados de Guaynabo Destape se percataron que la válvula del vehículo principal estaba abierta, lo que provocó que las aguas usadas se derramaran en el terreno; sin embargo, la pesquisa de la JCA concluyó que el líquido no llegó hasta el cuerpo de agua cercano al área del incidente. 

La denuncia presentada el martes pasado se atendió de inmediato por los técnicos de la agencia y en menos de 72 horas la JCA emitió la orden con las multas administrativas. 

Como resultado de la inspección, la Junta de Calidad Ambiental encontró deficiencias y violaciones al Reglamento  para el Manejo de Desperdicios Sólidos No Peligrosos: 

1. La investigación reflejó que Guaynabo Destape violó las condiciones del permiso, según dispone la Regla 643 E (1) que establece que "el poseedor cumplirá con todas las condiciones del permiso y cualquier incumplimiento constituirá una violación al estatuto y a la JCA. 

2. Además, la empresa no tomó las precauciones necesarias para que no se derramaran los desperdicios sólidos no peligrosos, lo que constituye una violación a la Regla 531 K que establece que "ninguna persona transportará desperdicios sólidos no peligrosos en forma tal que puedan derramarse o descargarse en una vía pública; todo vehículo que se utilice para transportar desperdicios sólidos no peligrosos estará diseñado de forma tal que el desperdicio quede completamente encerrado y tapado. 

3. A su vez, la empresa descargó los desperdicios sólidos no peligrosos en un lugar no autorizado por la JCA, lo que constituye una violación a la Regla 531 (1) que dispone que "ninguna persona ocasionará o permitirá la dispersión, derrame, descarga, depósito, disposición o acumulación de desperdicios sólidos no peligrosos en ningún predio, acera, vía de acceso pública o privada, cunetas, calles o cualquier sitio no autorizado por la JCA. 

Por las citadas violaciones, la Junta de Calidad Ambiental impuso tres multas administrativas, cada una de 2 mil dólares. Igualmente, se ordena a Guaynabo Destape el cese y desista de causar o permitir la práctica de disponer desperdicios sólidos no peligrosos en predios no autorizados por la JCA y que la empresa desista de incumplir las condiciones del permiso de referencia. Personal técnico de la agencia verificará el cumplimiento mediante auditorías  e inspecciones, las que comenzarán una vez se complete el diligenciamiento de la orden; de incumplir con ella, la JCA podrá multar a la empresa con 25 mil dólares diarios hasta que la compañía cumpla con la misma. 

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